Sujetos obligados: Asociaciones civiles y/o fundaciones.
Importes: Superiores a $ 100.000,00.- o su equivalente en especie en un solo acto o en varios actos por montos inferiores a $ 100.000,00.- pero que en su totalidad superen los $ 100.000,00.- realizados por una o varias personas relacionadas en un plazo no superior a 30 días.
Valor en especie: Se toma el valor de plaza.
Si superan los $ 200.000,00.- los aportes o donantes deberán presentar la documentación o informacion que sustente el origen de los fondos.
Plazo de presentación: Con la solicitud de autorización para funcionar o con la presentación de los estados contables.
Vigencia: A partir del 01/03/2012.
Como anexo I se aprueba el modelo de Declaración jurada de Origen y Licitud de fondos.